Cancelación de sellos digitales y cárcel por discrepancia fiscal
La mejor forma de no caer en el problema de discrepancia fiscal es declarar todos los ingresos.
Este año 2020, habrá una mayor fiscalización por parte de las autoridades. En la Miscelánea Fiscal 2020, se contempló y aprobó que el SAT podrá cancelar los sellos digitales de los contribuyentes que caigan en discrepancia fiscal. Lo que ocasionará que el contribuyente no pueda facturar sus ventas a los clientes. Además de otras sanciones como cárcel.
La discrepancia fiscal se explica en el artículo 107 de la Ley del ISR. Nos dice que, ésta ocurre cuando el fisco comprueba que las erogaciones de una persona (lo que gasta) en un año calendario son superiores que los ingresos declarados. Para determinar las erogaciones de una persona física se toman en cuenta todos sus gastos, desde compras, inversiones o compras con tarjetas de crédito. Al igual que los ingresos obtenidos mediante depósitos a las cuentas bancarias.
Se le informará a la persona cuál es el monto de los ingresos declarados, sus erogaciones, y la información de las diferencias y se le mostrará cuánto es lo que pagó de impuestos por lo declarado y cuánto debe pagar por dichas diferencias.
El contribuyente, tendrá pocos días para argumentar y demostrar el origen de esas diferencias,
- Si se logra justificar todo, no pasará nada.
- Si no se logra, se tendrá que pagar el ISR excedente y una multa extra.
El problema es que las consecuencias de la discrepancia fiscal no solo son monetarias, en algunos casos las autoridades pueden acusar a la persona de defraudación fiscal, un delito grave que amerita de tres meses a nueve años de cárcel.
Para caer en esa última consecuencia basta con que la persona no presente su aclaración de dichas diferencias