Suspensión temporal de actividades presenciales PRODECON
Con fecha 16 de abril de 2020 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General 003/2020 por el que se suspenden temporalmente actividades presenciales no así servicios, que realiza la PRODECON en sus oficinas centrales y delegaciones que abarca del 06 de abril y hasta que el Consejo de Salubridad General determine cesada la contingencia y se implementan diversas medidas respecto al funcionamiento y operación de áreas sustantivas con motivo de la pandemia por COVID-19.
Suspensión temporal de servicios
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) señala que a partir del día 06 de abril de 2020 y hasta en tanto el Consejo de Salubridad General determine que ha cesado la contingencia, se suspenden de forma temporal:
- La atención presencial al publico en general
- Trámites y actividades presenciales que se realiza en oficinas centrales y delegaciones.
Los servicios a contribuyentes se brindarán mediante:
- Atención telefónica (12059000 o 8006110190)
- Chat en línea en la página www.prodecon.gob.mx
- Correo electrónico atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx
Atención de asuntos urgentes
La Procuraduría a nivel nacional continuará brindando servicios vía remota de asesoría, quejas, consultas y acuerdos conclusivos, siempre que se trate de asuntos urgentes, esto lo definirán las áreas que sigan prestando servicios, se entenderán como asuntos urgentes:
- Cancelación de certificados de CSD
- Restricción temporal de certificados de CSD
- Inmovilización de cuentas
- Inmovilización de bienes inembargables
- Suspensión de padrón de importadores y sectores específicos
- Bajas de registro patronal ante IMSS
- Actos de autoridad que sean considerados urgentes por el titular en funciones, Subprocuradores, secretaría general o delegados.
Promociones a recibir vía correo electrónico
Debido al cierre temporal de unidades de recepción de documentos y otros, la PRODECON continuará con la prestación de servicios, los siguientes trámites se atenderán solo vía correo electrónico durante los días hábiles del periodo señalado:
- Recepción de informes de autoridad
- Promoción
- Solicitud de servicios de queja
- Solicitud de acuerdo conclusivo
- Escritos u oficios relacionados con asuntos en trámite en áreas de la PRODECON.
Adicionalmente, en el referido acuerdo se establecen los lineamientos y requisitos para la presentación de documentación vía correo electrónico y se precisan las direcciones correspondientes a cada delegación.
Texto y vigencia
El acuerdo está vigente a partir del día lunes 06 de abril de 2020, y puede ser consultado en el módulo Legislación de Fiscalia, en el apartado Acuerdos > Acuerdos PRODECON > 2020.
Nota: El artículo originalmente fue publicado en el sitio https://www.fiscalia.com/